Entrada en vigor de la nueva Ley de Eficiencia de la Justicia en España: Impacto en Propietarios e Inversores Extranjeros
Hoy 3 de abril de 2025 entra en vigor en España la nueva Ley de Eficiencia del Servicio Público de Justicia, que va introducir además de grandes cambios en materia de tramitación de juicios civiles u organización de los Juzgados, novedades significativas que van a afectar a propietarios e inversores extranjeros en el país.
Esta legislación busca agilizar los procesos judiciales, garantizar una mayor seguridad jurídica en el mercado inmobiliario y modificar algunos de los requisitos para la inversión extranjera en el territorio nacional.
Entre las medidas más relevantes, destacan la implementación de juicios rápidos para desalojar okupas, la exigencia de autorización de las comunidades de propietarios para destinar viviendas a alquiler turístico y la eliminación de la "golden visa" o autorización de residencia por inversión.
En este artículo, analizamos cada una de estas medidas, su impacto en propietarios e inversores extranjeros y las opciones disponibles a partir de ahora.
Juicios rápidos contra okupas: una solución esperada
El problema de la ocupación ilegal de viviendas en España ha sido una preocupación creciente para propietarios nacionales y extranjeros. Hasta ahora, los procedimientos judiciales para desalojar okupas podían prolongarse durante meses o incluso años, generando una gran inseguridad para los propietarios de inmuebles. Con la nueva ley, se introduce un procedimiento abreviado que permite celebrar el juicio en un plazo máximo de 15 días desde que el juez dispone de toda la documentación necesaria.
El cambio principal consiste en la inclusión de los delitos de allanamiento de morada y usurpación en el procedimiento de estos juicios rápidos, lo que representa una notable reducción de los plazos de desalojo. Ahora, tras presentar una denuncia, los propietarios podrán ver cómo se resuelve su caso en un plazo máximo de 15 días. Este nuevo marco procesal establece que si el okupa no puede acreditar su derecho sobre la vivienda, se procederá al desalojo inmediato.
La nueva ley establece que si la okupación es detectada en las primeras 48 horas desde el allanamiento, las fuerzas de seguridad podrán intervenir sin necesidad de una orden judicial, lo que también facilita el desalojo inmediato de los ocupantes. Esto será especialmente útil en casos de okupaciones violentas o de difícil resolución.
La ley distingue entre:
Allanamiento de morada: cuando se okupa una vivienda que constituye la residencia habitual de una persona. En este caso, si es detectada rápidamente, se podrá desalojar a los ocupantes sin necesidad de esperar una resolución judicial, siempre que se demuestre que no hay acuerdo entre las partes y que se trata de una ocupación ilegal.
Usurpación: hace referencia a la okupación de una propiedad que no es la residencia habitual del propietario, como podría ser una segunda vivienda o un inmueble vacío. Aunque este tipo de ocupación no genera los mismos riesgos inmediatos para la seguridad y el bienestar de los ocupantes, la ley también facilita su desalojo en un plazo más corto, gracias a la inclusión en el proceso de juicios rápidos.
Si quieres saber mas detalles sobre estas medidas puedes consultar este articulo de nuestro Blog en donde hacemos un estudio mas completo de la nueva situación.
¿Qué cambiará para los propietarios?
La nueva ley introduce un procedimiento mucho más claro y directo para los propietarios de viviendas okupadas. A partir de este 3 de abril, los dueños de inmuebles que sufran una ocupación ilegal podrán presentar una denuncia ante las autoridades competentes, quienes, a partir de ese momento, tendrán un plazo máximo de 15 días para resolver la situación. Esto elimina los largos periodos de espera que anteriormente podían extenderse incluso por más de seis meses.
Una vez presentada la denuncia, el propietario deberá proporcionar pruebas claras de que es el titular legítimo de la propiedad okupada, como escrituras, recibos de pago de impuestos o contratos de arrendamiento si es aplicable. Si el juez no encuentra pruebas que justifiquen la permanencia de los ocupantes, podrá ordenar el desalojo inmediato.
El endurecimiento de las sanciones también hará que los okupas se enfrenten a multas y, en algunos casos, penas de prisión si se demuestra que su ocupación ha sido con fines delictivos o ha involucrado violencia.
Nuevas restricciones a los pisos turísticos en España: ¿Cómo afectan a los inversores?
Otro cambio relevante introducido por la Ley de Eficiencia de la Justicia es la regulación más estricta de los alquileres turísticos. A partir de ahora, cualquier propietario que desee destinar su vivienda al alquiler vacacional deberá obtener la aprobación de la comunidad de propietarios del edificio. Se exige el voto favorable de al menos tres quintas partes de los propietarios que representen tres quintas partes de las cuotas de participación.
Esta modificación de la Ley de Propiedad Horizontal, impulsada por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, busca dar más control a las comunidades de vecinos para decidir sobre la presencia de viviendas de uso turístico en sus edificios. Hasta ahora, la jurisprudencia del Tribunal Supremo exigía modificaciones en el título constitutivo o en los estatutos de la comunidad para restringir estos alquileres, lo que dificultaba la regulación interna de los edificios residenciales.
Para los extranjeros que ya invierten o desean invertir en viviendas turísticas en España, esto representa un obstáculo significativo. En muchas comunidades, la creciente oposición a los alquileres turísticos podría dificultar la obtención de la autorización necesaria, limitando las oportunidades de rentabilidad en este sector. Esta medida se suma a otras restricciones municipales que ya estaban en vigor en ciudades como Barcelona, Madrid y Valencia, donde los ayuntamientos han endurecido las normativas sobre alquileres de corta estancia.
Ante esta situación, los inversores extranjeros deben evaluar cuidadosamente sus opciones antes de adquirir una propiedad con fines turísticos. Es recomendable revisar los estatutos de la comunidad de propietarios, consultar con expertos legales y considerar alternativas como el alquiler de larga estancia, que no está sujeto a esta nueva regulación y ofrece mayor estabilidad en los ingresos.
España elimina la Golden Visa: Alternativas para inversores extranjeros
Una de las medidas más impactantes para los inversores internacionales ha sido la eliminación del programa de "golden visa" en España. Hasta ahora, esta autorización de residencia permitía a ciudadanos extracomunitarios obtener un visado de residencia si realizaban una inversión de al menos 500.000 euros en bienes inmuebles. Este programa había atraído a numerosos inversores de países como China, Rusia y Estados Unidos, que buscaban establecerse en España o beneficiarse de la libre circulación en la Unión Europea.
Con la eliminación de la "golden visa", los extranjeros que deseen residir en España mediante inversión deberán buscar alternativas, como la obtención de un permiso de residencia como nómada digital, el visado de emprendedor o la residencia no lucrativa.
No obstante, quienes hayan solicitado la "golden visa" antes del 3 de abril de 2025 podrán completar su tramitación bajo la normativa anterior, y aquellos que ya la posean podrán renovarla hasta su vencimiento.
Si quieres conocer más acerca de las Golden Visa y como afecta a tus inversiones esta situación puedes consultar este articulo de nuestro Blog.
¿Qué pueden hacer los propietarios e inversores extranjeros a partir de ahora?
Ante estos cambios normativos, los inversores y propietarios extranjeros deben adoptar un enfoque estratégico para proteger sus activos y asegurar la rentabilidad de sus inversiones en España.
Es fundamental mantenerse informados sobre las nuevas regulaciones, contar con asesoramiento legal especializado y actuar con previsión para evitar inconvenientes.
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