El Registro de Grandes Tenedores ya está operativo en Cataluña: qué implica y cómo inscribirse

Desde este mes de mayo de 2025, la Generalitat de Catalunya ha habilitado finalmente el trámite telemático específicopara que los grandes tenedores puedan inscribirse en el registro obligatorio previsto en el Decreto 64/2024, en vigor desde marzo. Hasta ahora, la normativa exigía esa inscripción, pero no existía un canal formal para hacerlo, lo que generaba inseguridad jurídica entre propietarios e inversores.

Este artículo complementa el análisis jurídico que ya publicamos sobre la figura del gran tenedor y sus obligaciones en Cataluña. Si aún no lo has leído, te recomendamos revisar primero nuestro artículo anterior:

🔗 Registro de grandes tenedores: nuevo decreto de la Generalitat de Catalunya en materia de vivienda. Implicaciones para inversores inmobiliarios y propietarios extranjeros

A continuación, te explicamos cómo realizar ahora el trámite, qué documentación necesitas, y por qué es prioritario regularizar tu situación si gestionas activos residenciales en Cataluña.

¿Quién debe registrarse como gran tenedor?

El nuevo registro de grandes tenedores en Cataluña es obligatorio para:

  • Personas físicas o jurídicas que sean titulares de cinco o más viviendas en Cataluña, o

  • Titulares de más de 1.500 m² construidos de uso residencial, excluyendo trasteros y garajes

Están incluidos tanto los propietarios directos como quienes posean los inmuebles a través de sociedades, usufructo o nuda propiedad, así como los fondos de inversión y family offices con activos residenciales.

La Generalitat ha optado por una definición más restrictiva que la Ley estatal de Vivienda, que establece el umbral en 10 viviendas.

¿Por qué es obligatorio registrarse?

Este registro forma parte de una estrategia de control del mercado residencial por parte del Govern. La finalidad es clara:

  • Identificar a los grandes tenedores para aplicar políticas de vivienda

  • Coordinar medidas en zonas de mercado tensionado

  • Verificar el cumplimiento de la oferta obligatoria de alquiler social antes de iniciar un desahucio

En resumen: si tienes un volumen relevante de viviendas en Cataluña, la Generalitat quiere tenerte localizado y controlado.

¿Cómo se hace el registro?

Desde mayo de 2025, el trámite ya está habilitado en la sede electrónica de la Generalitat:

🔗 Comunicación de la condición de gran tenedor – Generalitat de Catalunya

Pasos básicos:

  1. Identificación digital (con certificado digital o Cl@ve, tanto para personas como para representantes)

  2. Rellenar el formulario de declaración disponible en el portal

  3. Adjuntar:

    • Relación de viviendas o metros construidos

    • Documentación acreditativa (por ejemplo, notas simples registrales o escrituras)

    • Autorización, si actúas en nombre de otra persona

📌 No hay tasas por inscribirse. Pero sí hay consecuencias si no lo haces.

¿Cuáles son los plazos?

La Generalitat no ha fijado un plazo cerrado, pero la inscripción debe hacerse cuanto antes si ya cumples con los criterios de gran tenedor. Además:

  • La Administración puede inscribirte de oficio si detecta que cumples las condiciones y no te has declarado voluntariamente

  • No estar inscrito puede dificultar procedimientos judiciales o administrativos

  • Cualquier modificación (compra, venta, cambio de titularidad) debe comunicarse también

¿Qué pasa si no te registras?

Omitir esta obligación puede tener consecuencias importantes:

  • Multas de hasta 90.000 euros, según la Ley catalana del derecho a la vivienda (Ley 18/2007)

  • Riesgo de que se te deniegue un desahucio por no haber hecho la oferta previa de alquiler social

  • Dificultades para acceder a convenios o negociar con la Administración

En resumen: estar fuera del registro no te protege, sino todo lo contrario.

¿Qué obligaciones tienes si ya estás inscrito?

La inscripción no es un mero trámite formal. Una vez registrado como gran tenedor, debes:

  • Responder a los requerimientos administrativos

  • Ofrecer alquiler social antes de interponer demandas por impago

  • Actualizar tus datos si cambia el número de viviendas

  • Cumplir con los límites de renta en zonas declaradas tensionadas

¿Y si soy extranjero o no resido en Cataluña?

Si gestionas propiedades desde el extranjero, puede resultarte complicado completar este trámite. En ese caso, es recomendable actuar con representación legal.

En Local Expat Solutions podemos ayudarte:

🔹 Verificamos si cumples los requisitos de gran tenedor
🔹 Preparamos la documentación y presentamos el trámite por ti
🔹 Te representamos si no tienes firma digital o si resides fuera de España
🔹 Gestionamos comunicaciones con la Generalitat y posibles inspecciones
🔹 Ofrecemos el servicio también en inglés, francés y alemán

Este nuevo registro supone un paso más en el control del mercado de la vivienda en Cataluña. Si tienes una cartera inmobiliaria en esta comunidad, estar al día con la normativa es esencial para evitar sanciones y conflictos legales.

En Local Expat Solutions ayudamos a propietarios no residentes, inversores extranjeros y sociedades a gestionar sus obligaciones legales en España de forma segura, eficaz y sin complicaciones.

¿Tienes dudas? Escríbenos o reserva una cita en
www.localexpatsolutions.com

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