¿Hijos de italianos sin ciudadanía italiana pueden obtener la nacionalidad española por simple presunción?

Un giro en la legislación italiana que afecta a miles de descendientes

Hasta ahora, la obtención de la ciudadanía italiana se regía por el principio del ius sanguinis, según el cual si una persona era hijo de un ciudadano italiano, adquiría la nacionalidad italiana de forma automática. Además, se venía concediendo también la nacionalidad a aquellas personas que, aunque no hubieran nacido en Italia, podían demostrar que descendían de un antepasado con dicha nacionalidad, aunque fuera de generaciones anteriores.

Sin embargo, en el año 2025 se han aprobado nuevas disposiciones normativas por parte del Gobierno italiano mediante las cuales se restringe de forma significativa la posibilidad de obtener la nacionalidad para los descendientes de italianos nacidos en el extranjero.

Este cambio legislativo tiene consecuencias importantes para miles de familias de descendientes italianos residentes tanto en España como en muchos países de América, que llevan tiempo recabando documentación, legalizándola y reuniendo pruebas genealógicas para poder solicitar la nacionalidad italiana conforme al sistema anterior.

En este artículo analizamos cómo impacta la nueva normativa en los descendientes de italianos que residen en el extranjero y qué opciones jurídicas existen a partir de ahora. Entre ellas, destaca especialmente la posibilidad de solicitar la nacionalidad española por simple presunción, en el caso de menores nacidos en territorio español que no reciban automáticamente la nacionalidad italiana conforme a la nueva normativa.

Un cambio en las reglas de transmisión automática de la nacionalidad Italiana.

La reforma establece que solo serán considerados ciudadanos italianos desde su nacimiento quienes tengan al menos un progenitor o un abuelo nacido en Italia, limitando por tanto el derecho a dos generaciones.

Quedan excluidos de esta posibilidad quienes descienden de un bisabuelo, tatarabuelo u otro antepasado italiano más lejano, aunque hasta ahora sí podían acogerse a la normativa anterior si acreditaban documentalmente la línea de descendencia.

Aunque la norma no tiene carácter retroactivo, y por tanto no afectará a quienes ya hayan adquirido la nacionalidad italiana antes de su entrada en vigor, esta disposición va a perjudicar a un número importante de descendientes de italianos residentes en América y otras partes del mundo que llevaban meses o incluso años recopilando documentación y legalizándola para hacer valer sus derechos.

Además de limitar la transmisión de la nacionalidad a dos generaciones, la norma introduce otro elemento esencial,  los hijos de ciudadanos italianos solo podrán adquirir la nacionalidad de forma automática si :

    • Han nacido en Italia o si,

    • Nacen en el extranjero y el progenitor italiano ha residido de forma continuada en Italia durante al menos los dos años inmediatamente anteriores al nacimiento del hijo.

Es decir, si un ciudadano italiano no ha nacido en Italia y además no puede acreditar esa residencia reciente y continua en los años anteriores , no podrá transmitir la ciudadanía a sus hijos nacidos fuera del país.

Si no se cumplen ambas condiciones, la ciudadanía italiana no se transmitirá automáticamente. 

Además se exigirá para para poder mantener la nacionalidad, que los italianos que residan en el extranjero mantengan a lo largo del tiempo vínculos reales con el país, debiendo ejercer los derechos y deberes de un ciudadano italiano al menos una vez cada 25 años según ha explicado el Ministerio de Asuntos Exteriores. Estas acciones incluyen votar, renovar el pasaporte o el documento de identidad y mantener un estado civil regular.

¿Qué ocurre con los hijos de italianos nacidos fuera de Italia?

Esta  reforma va a tener un impacto directo sobre muchas  comunidades italianas enen países como Argentina, Brasil, Uruguay, Chile o Venezuela, donde millones de personas descienden de inmigrantes italianos que emigraron en masa durante los siglos XIX y XX.

Muchos de estos ciudadanos italianos obtuvieron la nacionalidad por vía administrativa sin haber vivido nunca en Italia, y muchos de ellos  disfrutan de la libertad de circulación en el espacio Schengen gracias a su pasaporte italiano.

Muchos otros se encuentran todavía en proceso de recopilación de pruebas documentales para tramitar el reconocimiento de su ciudadanía como descendientes conforme a la legislación que estuvo vigente hasta abril de 2025.

En todos estos casos, la nueva normativa representa un cambio de paradigma puesto que si estos ciudadanos italianos tuvieran hijos  a partir de ahora y estos nacen fuera de Italia —por ejemplo, en España—, ya no podrían adquirir automáticamente la ciudadanía italiana conforme a esta reforma, si el padre o la madre no hubieran residido en Italia durante al menos los dos años inmediatamente anteriores al nacimiento del hijo.

La vía de la nacionalidad española por simple presunción

El artículo 17.c) del Código Civil español establece que son españoles de origen:

“Los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecen de nacionalidad o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad.”

Esta vía, conocida como “nacionalidad por simple presunción”, se aplica actualmente a menores nacidos en España cuyos padres son de países como Marruecos, Brasil, Colombia, etc., cuando las leyes de esos países no atribuyen automáticamente la nacionalidad al hijo nacido en el extranjero.

Con el cambio legal en Italia, la legislación italiana ya no atribuye automáticamente la nacionalidad a los hijos nacidos fuera del territorio italiano o de la UE, lo que abriría  la posibilidad de solicitar para ellos la nacionalidad española por simple presunción.

Es decir: al no transmitirse ya de forma automática la nacionalidad italiana, los hijos nacidos en España de italianos no serían considerados automáticamente italianos y, por tanto, se consideraría que están en situación de “apátridas de facto”, lo que permite aplicar el artículo 17.c) del Código Civil español

Esta figura existe con el objetivo de evitar situaciones de apatridia jurídica —niños nacidos en territorio español que, de acuerdo con la legislación de sus países de origen, no adquieren nacionalidad alguna de forma automática—. Se trata de un mecanismo de protección jurídica para el menor, orientado a garantizar su integración legal y social desde el primer momento.

Para que proceda esta forma de adquisición de la nacionalidad española, basta con acreditar que el niño no tiene otra nacionalidad atribuida automáticamente al nacer, y que ha nacido en territorio español. No se exige que los padres estén en situación regular, ni que tengan residencia legal.

Puedes consultar nuestro articulo del blog sobre nacionalidad por simple presunción aqui 

¿Qué documentación se necesita para solicitar la nacionalidad española por simple presunción?

Para solicitar la nacionalidad por simple presunción ante el Registro Civil correspondiente, es fundamental presentar:

  • Certificado literal de nacimiento del menor nacido en España.

  • Certificado de empadronamiento del menor y de los progenitores.

  • Libro de familia o certificado de nacimiento de los progenitores italianos.

  • Certificado expedido por el Consulado italiano que acredite que la legislación italiana ya no reconoce automáticamente como italiano al hijo nacido en el extranjero tras la reforma.

  • DNI o pasaporte de los progenitores.

Si el Registro Civil español considera que existen dudas razonables sobre la nacionalidad del menor, podría requerir informes consulares adicionales o documentación complementaria. Pero si se acredita de forma suficiente que el niño no ha adquirido la nacionalidad italiana automáticamente, podrá tramitarse y reconocerse la nacionalidad española por simple presunción, con los mismos efectos jurídicos que si se tratase de un español de origen.

Si quieres saber mas sobre la nacionalidad por sim

¿Podrá ese niño pedir la nacionalidad italiana más adelante?

La posibilidad de que un hijo no reconocido como ciudadano italiano al nacer pueda solicitar dicha ciudadanía al alcanzar la mayoría de edad dependerá de varios factores.

En primer lugar, será necesario que el nacimiento haya sido inscrito en el registro civil italiano a través del consulado correspondiente, ya que sin esa inscripción no podrá activarse el procedimiento de reconocimiento al cumplir los 18 años.

Además, deberá comprobarse si el menor posee otra nacionalidad y si la adquisición de esta se considera incompatible con la transmisión de la ciudadanía italiana conforme a la normativa actual.

En otras palabras: si el menor ha sido registrado únicamente en España, ha obtenido la nacionalidad española por simple presunción y no ha sido inscrito como italiano, no podrá acogerse automáticamente al derecho de ciudadanía italiana al cumplir la mayoría de edad, salvo que se reconozca expresamente una excepción en el futuro.

¿Qué recomendamos desde Local Expat Solutions?

Si resides en España, tienes nacionalidad italiana por descendencia y estás esperando un hijo, es esencial que te informes con antelación sobre las implicaciones del nuevo marco legal italiano. También es muy recomendable que:

  • Evalúes si tu hijo podrá recibir automáticamente la ciudadanía italiana o no;

  • Consultes con profesionales especializados en extranjería y nacionalidad;

  • Y valores jurídicamente la posibilidad de solicitar la nacionalidad española por simple presunción desde el nacimiento, si se cumplen los requisitos.

En muchos casos, esta opción será más rápida y beneficiosa para el menor, evitando situaciones de indefinición jurídica, ausencia de documentación o problemas con servicios públicos, escolarización y asistencia sanitaria.

¿Qué servicios ofrecemos?

En Local Expat Solutions ofrecemos:

  • Consulta legal individualizada sobre tu caso concreto (60 euros);

  • Tramitación completa del expediente de nacionalidad por simple presunción ante el Registro Civil, con precio cerrado y deducción del coste de la consulta;

  • Revisión de documentación, informes de residencia y gestiones ante el consulado correspondiente, si es necesario;

¿Estás en esta situación?

Si eres ciudadano o ciudadana italiana residente en España, y estás esperando un hijo o acabas de tenerlo, podemos ayudarte a estudiar tu caso. Este cambio legal puede abrir una vía directa a la nacionalidad española para tu hijo o hija.

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