Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión en España: lo que debes saber antes de empezar el trámite

Si eres ciudadano de un país no comunitario y además eres pareja o cónyuge de un ciudadano de la Unión Europea
seguramente has oído hablar de la “tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión”, y que se trata del permiso de residencia que tendrás que tramitar si quieres residir en España junto con tu familia.

Efectivamente esta autorización es una de las autorizaciones de residencia más solicitadas y, al mismo tiempo, una de las que más dudas genera, sobre todo cuando se trata de matrimonios celebrados fuera de la unión o en el caso de parejas no inscritas oficialmente con hijos de uno solo de los cónyuges.

En este artículo te explicamos de una forma clara y práctica cómo funciona esta tarjeta, quién puede pedirla, qué documentos necesitas y qué diferencias hay entre matrimonio, pareja registrada y pareja estable no inscrita.


Y también te aclararemos algo que suele causar confusión: qué pasa si os divorciáis o si el ciudadano europeo fallece, y si puedes seguir gozando del mismo estatus que tenias hasta el momento.

Qué es la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión y qué derechos otorga.

La tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión es como se denomina habitualmente a la autorización de residencia que se le otorga a ciertos familiares de un ciudadano de la Unión Europea (o de Islandia, Noruega, Liechtenstein o Suiza) que reside ya en España y al que acompañas o con el que te quieres reunir para vivir con el .

Esta Autorización que se concede solo si el ciudadano de la unión ya ae encuentra en España, te permite vivir y trabajar legalmente en el pais si cumples una serie de requisitos. Con ella podrás trabajar por cuenta ajena o propia en España, y moverte libremente por todo el espacio UE, Islandia, Noruega, Liechtenstein o Suiza mientras dure tu residencia.

Tiene una validez inicial de cinco años ( o menos si el ciudadano de la UE tiene previsto vivir en España menos que este tiempo), y al cumplir ese tiempo podrás pedir la residencia permanente como familiar de ciudadano de la Unión, con los mismos derechos pero sin tener que renovar cada pocos años.

¿Qué familiares pueden obtener la Tarjeta de Familiar de Ciudadano de la Unión ?

El artículo 2 del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de los ciudadanos de la Unión Europea y de sus familiares que desarrolla la Directiva 2004/38/CE, delimita con precisión quién se considera “familiar” a estos efectos. Se incluyen:

  • El cónyuge del ciudadano de la Unión. Un dato muy importante a tener en cuenta es que l matrimonio ha de estar inscrito en un Estado miembro (por ejemplo, celebrado en México y posteriormente inscrito en un Registro Civil español o de otro país de la UE) produce automáticamente los efectos jurídicos del artículo 2 del RD 240/2007. Si el matrimonio solo consta inscrito en el país de origen del cónyuge no comunitario, no se considera válido a efectos de este régimen hasta su inscripción en un registro de un Estado miembro y generalmente se considera al no comunitario como pareja estable no registrada siendo de aplicación el articulo 2 bis del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero

  • La pareja registrada con la que mantenga una unión análoga a la conyugal inscrita en un registro público de un Estado miembro de la UE o del EEE.

  • Los descendientes directos menores de 21 años o mayores que vivan a su cargo, ya sean del ciudadano de la Unión o de su cónyuge o pareja registrada.

  • Los ascendientes directos (padres, abuelos) que estén a cargo del ciudadano de la Unión o de su cónyuge o pareja registrada.

Aparte de estos familiares directos, el artículo 2 bis permite obtener la esta autorización a otros miembros de la familia que convivan con el ciudadano o dependan de él, a la pareja de hecho no registrada, siempre que se acredite la relación estable y duradera mediante documentos que prueben que convivís juntos al menos con 12 meses de antelación (empadronamientos, contratos de alquiler, cuentas comunes… En cualquier caso, se entiende que existe un vínculo estable y duradero si la pareja no inscrita tiene un hijo en común.

Estos matices entre pareja registrada y no registrada, marcan una diferencia importante a la hora de solicitar la autorización para los descendientes o ascendientes del no comunitario pues si la pareja no está inscrita, el ciudadano de la Unión no puede reagrupar automáticamente a los familiares del otro miembro, es decir, no puede traer a los hijos o a los padres de la pareja no comunitaria.

Cómo se tramita la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión :

El procedimiento es relativamente sencillo, pero debe hacerse con orden:

  1. Lo más importante es que el ciudadano de la Unión ya se haya obtenido el certificado de ciudadano de la Union ( CUE o tarjeta verde ?
    Debe estar trabajando, estudiando o tener medios económicos y seguro de salud.

    Puedes saber más sobre este trámite en este articulo de nuestro blog sobre el certificado de registro de Ciudadano de la Unión.

  2. Buscar y preparar toda la documentación que acredite el vínculo con el ciudadano de la Unión.
    Si no habeis registrado el matrimonio en un estado de la Unión sería conveniente que inicies los tramites y presentes al menos el justificante además del certificado de matrimonio apostillado y traducido del pais de celebración.

    Si sois pareja de hecho no inscrita conviene que reunáis todas la pruebas que demuestren la convivencia así como registrarse com pareja de hecho .

  3. Reunir la documentación.
    Se necesita:

    • Copia completa del Pasaporte en vigor.

    • Certificado de registro del ciudadano de la Unión.

    • Documentos que prueben el vínculo familiar (certificado de matrimonio, inscripción de pareja o pruebas de convivencia). Todos apostillados y traducidos si no están emitidos en lengua española.

    • Demostrar que se dispone de medios económicos suficientes para todos los miembros que se van a reagrupar.

    • Seguro de enfermedad con una compañía de seguros reconocida en España

    • Y el modelo EX-19 de solicitud por cada miembro reagrupado y el pago de la Tasa.

  4. Presentar la solicitud dentro de los tres meses siguientes a tu entrada en España. Se presenta en las Oficinas de Extranjería del lugar de residencia o a traves de la plataforma Mercurio.

  5. Esperar la resolución.
    La administración tiene tres meses para resolver.
    Atención: si pasa ese plazo sin respuesta, no se entiende concedida. No existe el silencio positivo. Es decir, hay que esperar la resolución expresa o presentar un recurso si no contestan.

  6. Tomar huellas y recoger la tarjeta.
    Una vez aprobada, tendrás que acudir a la comisaría a dejar tus huellas y retirar la tarjeta física. Su validez normal es de cinco años.

¿ Qué ocurre si el ciudadano de la Unión fallece o se divorcia del no comunitario ?

Una duda muy frecuente: ¿pierdo la autorización si mi pareja/ cónyuge fallece o nos divorciamos?

La respuesta es no necesariamente.
El Real Decreto 240/2007, que desarrolla la Directiva 2004/38/CE, prevé que el familiar pueda mantener su residenciaen ciertos casos:

  • Si el matrimonio o la pareja registrada duró al menos tres años, de los cuales uno de convivencia en España.

  • Si tienes la custodia de hijos del ciudadano de la Unión.

  • Si fuiste víctima de violencia de género o doméstica durante la relación.

  • O si el ciudadano de la Unión fallece y tú ya residías en España y tienes medios propios o trabajo.

En esas situaciones puedes conservar la tarjeta y pasar a residir a título personal, sin depender del ciudadano europeo.

Te contamos más sobre este trámite en este articulo de nuestro Blog .

Preguntas frecuentes

  • ¿Puedo trabajar con esta tarjeta?
    Sí. Desde el primer día, puedes trabajar por cuenta ajena o por cuenta propia en España, sin pedir permisos adicionales.

  • ¿Cuánto dura la tarjeta?
    Cinco años. Después puedes solicitar la residencia permanente de familiar de ciudadano de la Unión.

  • ¿Puedo perderla si salgo del país?
    Sí, si pasas más de seis meses al año fuera de España de manera continuada podrías tener problemas en la renovación.

  • ¿Y si mi matrimonio solo está inscrito en mi país, que no es de la Unión?
    En ese caso, primero tendrás que inscribir o reconocer el matrimonio en España o en otro país de la Unión.
    Mientras tanto, no se considerará acreditado el matrimonio, aunque puede considerarse como pareja estable a efectos de este procedimiento.

  • ¿Puedo pedirla si somos pareja no registrada pero tenemos un hijo en común?
    Sí. La existencia de un hijo en común basta para acreditar la estabilidad de la relación.

La tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión es, sin duda, uno de los permisos más útiles del sistema de extranjería español y que conviene conocer a los extranjeros que se encuentran en esta situación.


A diferencia de otros permisos, su base no es el Reglamento de Extranjería, sino el régimen comunitario, que protege el derecho de los ciudadanos de la Unión a vivir con sus familiares.
Por eso, entender bien los requisitos de cada tipo de relación (matrimonio, pareja registrada o pareja estable) y las pruebas que exige la Administración es fundamental para evitar retrasos o denegaciones.

Si te encuentras en una situación similar —matrimonio celebrado fuera de la Unión, pareja no registrada, o tienes dudas sobre si puedes reagrupar a tus hijos o mantener la tarjeta tras un divorcio— es muy recomendable que revises tu caso antes de presentar la solicitud.

En Local Expat Solutions podemos ayudarte a preparar la documentación correctamente, presentar la solicitud y acompañarte en todo el proceso.
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