Cómo contratar extranjeros en España: excepciones a la situación nacional de empleo y procedimiento
Si estás pensando en contratar a una persona extranjera para trabajar en España, seguramente te has encontrado con un término que genera muchas dudas: la situación nacional de empleo. Este concepto es clave para entender cuándo es posible contratar legalmente a un ciudadano extranjero que no pertenece a la Unión Europea. En este artículo te explicamos de forma clara y detallada qué significa esta figura, cuáles son las excepciones que permiten sortearla y cuál es el procedimiento a seguir.
¿Qué es la situación nacional de empleo?
La situación nacional de empleo es un criterio que valora si en el mercado laboral español existen personas disponibles para ocupar un determinado puesto antes de autorizar la contratación de un trabajador extranjero.
En términos prácticos, si hay trabajadores nacionales o residentes legales que puedan desempeñar ese puesto, no se autoriza la contratación de un extranjero no comunitario. Este principio está regulado en el artículo 40 de la Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
¿Cuándo no se aplica la situación nacional de empleo?
Afortunadamente, la ley contempla numerosas excepciones que permiten contratar a personas extranjeras aunque haya desempleo en España. Estas son las más relevantes:
Familiares reagrupados en edad laboral.
Cónyuges e hijos de extranjeros con residencia renovada en España.
Hijos de españoles nacionalizados o de ciudadanos de la UE residentes desde hace más de un año.
Personas que ya fueron titulares de una autorización de trabajo y solicitan renovación.
Trabajadores necesarios para el montaje o reparación de instalaciones industriales.
Personas que hayan sido refugiadas o apátridas, dentro del año posterior a la pérdida de dicha condición.
Quienes tengan a su cargo ascendientes o descendientes españoles.
Extranjeros nacidos y residentes en España.
Hijos o nietos de españoles de origen.
Menores tutelados con residencia legal en edad laboral.
Personas con residencia por circunstancias excepcionales, como víctimas de trata o violencia de género.
Quienes hayan participado en campañas de trabajo temporal durante dos años y hayan retornado a su país.
Personas que han renunciado voluntariamente a su autorización en un programa de retorno voluntario.
También quedan fuera de la aplicación de la situación nacional de empleo ciertos perfiles profesionales y contextos:
Directivos o personal de confianza de empresas.
Profesionales altamente cualificados (científicos, técnicos, etc.).
Trabajadores desplazados por su empresa extranjera a España.
Artistas de reconocido prestigio.
Ciudadanos de países con acuerdos bilaterales con España, como Chile o Perú.
¿Qué es el certificado de insuficiencia del SEPE?
Cuando no se puede invocar ninguna de las excepciones anteriores, pero se quiere contratar a un extranjero no comunitario, la empresa puede intentar conseguir un certificado de insuficiencia o certificado negativo del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal).
Este documento acredita que la empresa ha intentado cubrir el puesto con personas nacionales o residentes, pero no ha encontrado a nadie disponible ni adecuado. Es un paso clave para justificar la necesidad de recurrir a un trabajador extranjero.
Este proceso se basa en lo dispuesto en el artículo 65.2 del Reglamento de Extranjería (RD 557/2011) y requiere un estudio caso por caso.
¿Qué puestos están excluidos del control de la situación nacional de empleo?
El SEPE publica periódicamente un catálogo de ocupaciones de difícil cobertura por provincia. Estos puestos suelen ser oficios técnicos, especializados o poco atractivos para los demandantes de empleo nacionales (como ciertas profesiones en la construcción, hostelería o transporte).
Si el trabajo que se desea cubrir está en ese catálogo, no es necesario solicitar el certificado negativo. La empresa puede tramitar directamente la autorización de residencia y trabajo.
No obstante, el catálogo es muy limitado y suele estar desactualizado, por lo que en la práctica muchas contrataciones requieren iniciar el procedimiento ordinario.
Procedimiento para obtener el certificado negativo del SEPE
Para contratar a un trabajador extranjero en un puesto que no está catalogado como de difícil cobertura, es necesario seguir un procedimiento que demuestre la falta de candidatos adecuados en el mercado laboral nacional. A continuación, se detallan los pasos a seguir:
Registro del empleador en el portal Empléate: El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrece el portal Empléate para la publicación de ofertas de empleo. Si aún no estás registrada, debes acceder al portal y seleccionar la opción "¡REGÍSTRATE AHORA!" . Este registro permitirá gestionar y publicar ofertas de empleo de manera directa.
Publicación de la oferta de empleo: Una vez registrada, hay que publicar la oferta de empleo en el portal Empléate y en los Servicios Públicos de Empleo correspondientes. La oferta debe permanecer publicada durante un mínimo de ocho días para garantizar su difusión y permitir que posibles candidatos nacionales o residentes puedan postularse.
Gestión y seguimiento de la oferta: Durante el período de publicación, el SEPE gestionará la oferta promoviendo el contacto entre su empresa y los demandantes de empleo que cumplan con los requisitos del puesto.
Cuando publicas la oferta de empleo a través del SEPE o del portal Empléate, pueden ocurrir tres situaciones:
No se presentan candidatos: Es el caso más sencillo. Pasados los 8 días, se puede solicitar el certificado de insuficiencia directamente.
Se presentan candidatos pero no son adecuados:
Aquí puedes rechazarlos siempre que haya una razón objetiva. Ejemplos de justificación válida:No tienen la formación mínima requerida
No tienen experiencia en un software o herramienta específica y necesaria
No pueden realizar el trabajo en el horario previsto
No superan una entrevista técnica o prueba práctica
No tienen los conocimientos de idioma necesarios, si el puesto lo exige (por ejemplo, inglés o alemán para atención a clientes internacionales)
Los candidatos no aceptan el puesto:
Si se presentan pero no aceptan la oferta (por salario, condiciones, ubicación, etc.), también debe documentarse. No es un rechazo por parte de la empresa, pero ayuda igualmente a justificar la emisión del certificado.Es importante que entrevistes a los candidatos proporcionados, los evalúes y documente el proceso de selección pues has de presentar posteriormente un informe al SEPE para poder solicitar el certificado de insuficiencia de candidatos para el caso de que el puesto no haya sido cubierto.
Obtención del certificado de insuficiencia de demandantes: Si, tras el proceso de selección, no se encuentran candidatos adecuados para el puesto, el SEPE emitirá un certificado que acredite la insuficiencia de demandantes de empleo disponibles y adecuados para cubrir la oferta. Este certificado es esencial para proceder con la solicitud de autorización de residencia y trabajo para el trabajador extranjero. No obstante Este documento no garantiza la concesión del permiso de trabajo, pero es una prueba esencial para justificar la necesidad de contratar a un extranjero.
Contratar al Trabajador Extranjero No Residente tras obtener el certificado de insuficiencia
Una vez obtenido el Certificado de Insuficiencia, el empleador puede iniciar el proceso para contratar a un trabajador extranjero no residente:
Solicitud de autorización de residencia y trabajo: El empleador presenta la solicitud ante la Oficina de Extranjería correspondiente, adjuntando el contrato de trabajo y el Certificado de Insuficiencia.
Evaluación de la solicitud: La Oficina de Extranjería revisa la documentación y verifica el cumplimiento de los requisitos legales.
Resolución: Si se aprueba la solicitud, se concede una autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena.
Visado de trabajo: El trabajador extranjero debe solicitar el visado en el consulado español de su país de origen, presentando la autorización concedida y otros documentos requeridos.
Entrada y alta en la Seguridad Social: Una vez obtenido el visado, el trabajador puede ingresar a España y el empleador debe proceder a su alta en la Seguridad Social.
Es esencial cumplir con todos los plazos y requisitos establecidos para evitar retrasos o denegaciones en el proceso.
Si quieres saber mas sobre el permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena, puedes consultar el articulo de nuestro blog pinchando en este enlace.
¿Puede extranjería denegar la autorización incluso con el certificado del SEPE?
Sí. Aunque el SEPE emita un certificado de insuficiencia, la última palabra la tiene la Oficina de Extranjería. En algunos casos, estas oficinas pueden denegar la autorización de residencia y trabajo alegando que la oferta presentada fue artificial o poco creíble.
Esta situación genera inseguridad jurídica y es objeto de controversia, ya que algunos jueces han dictaminado que extranjería no debería revisar decisiones ya valoradas por el SEPE, salvo en casos de fraude o irregularidades claras.
Por eso es importante contar con asesoramiento legal durante todo el proceso para garantizar que la documentación esté bien preparada y sea coherente con el procedimiento.
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