¿Pierdes los beneficios de Ley Beckham si te quedas sin trabajo en España? Guía para extranjeros titulares del permiso PAC
Si te encuentras en España con un permiso PAC (Profesional Altamente Cualificado) y estás tributando bajo la Ley Beckham, seguramente te preguntas qué ocurre si pierdes tu empleo, cambias de tipo de contrato, pasas a trabajar por cuenta propia o incluso si solicitas una tarjeta de familiar comunitario. ¿Conservas los beneficios fiscales del régimen especial? ¿Los pierdes? ¿Qué condiciones debes cumplir?
Este artículo está dirigido a extranjeros con perfil profesional que necesitan una guía clara, rigurosa y actualizada sobre cómo funciona la Ley Beckham en caso de cambios laborales. Aquí explicamos qué es el régimen, quién puede acogerse, cómo conservarlo y cuándo se extingue, incluyendo las últimas interpretaciones de la Agencia Tributaria, especialmente la consulta vinculante V1034/2023, que introduce un enfoque más flexible en casos de pérdida de empleo.
Qué es la Ley Beckham
La llamada Ley Beckham es el nombre informal del régimen fiscal especial de impatriados, regulado en el artículo 93 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Su objetivo es atraer talento cualificado del extranjero, permitiendo que ciertas personas que se trasladan a España por motivos laborales puedan:
Tributar como si fueran no residentes durante un máximo de seis años.
Aplicar un tipo fijo del 24 % sobre los primeros 600.000 euros de salario anual y un 47 % sobre el exceso.
Tributar solo por las rentas obtenidas en España, sin obligación de declarar ingresos o bienes en el extranjero (no se presenta modelo 720 ni se tributa por patrimonio extranjero).
Quién puede acogerse al régimen
Pueden solicitar este régimen las personas físicas que:
Adquieran la residencia fiscal en España como consecuencia de su desplazamiento.
No hayan sido residentes fiscales en España durante los cinco años anteriores.
Se desplacen por uno de los siguientes motivos:
Firma de un contrato laboral con una empresa española.
Nombramiento como administrador o directivo de una sociedad española, sin participación significativa (≤ 25 %).
Autorización de residencia como teletrabajador internacional, emprendedor o profesional altamente cualificado, dentro del marco de la Ley 28/2022 (Ley de Startups).
También se permite incluir al cónyuge y a los hijos menores de 25 años como beneficiarios asociados, bajo ciertas condiciones.
La solicitud se debe presentar en un plazo de seis meses desde el alta en Seguridad Social o desde el nombramiento como directivo, mediante el modelo 149.
¿Aplica a titulares del permiso PAC?
Sí. Los titulares de un permiso de residencia como Profesional Altamente Cualificado (PAC) suelen cumplir con todos los requisitos para acogerse a la Ley Beckham, ya que:
Han sido contratados por una empresa española.
No han sido residentes fiscales en España en los cinco años previos.
Obtienen la residencia precisamente por motivos laborales.
Una vez se concede el permiso PAC y se formaliza el alta laboral, empieza el plazo de seis meses para solicitar el régimen.
¿Qué ocurre si pierdes tu empleo mientras estás acogido a la Ley Beckham?
Según el artículo 118 del Reglamento del IRPF, el régimen se extingue si se dejan de cumplir las condiciones que motivaron su concesión. En principio, si pierdes el empleo por cuenta ajena o cesas como administrador, se extinguirían los beneficios del régimen.
Sin embargo, la consulta vinculante V1034/2023, de la Dirección General de Tributos (DGT), introduce un matiz importante.
Consulta V1034/2023: ¿hay flexibilidad si pierdes el empleo?
La DGT admite que la pérdida del empleo no implica automáticamente la pérdida del régimen. En concreto, se reconoce que:
“La pérdida temporal del empleo después del desplazamiento no debería ser motivo de exclusión, en tanto en cuanto se inicie una nueva relación laboral en un periodo breve que cumpla con los requisitos establecidos”.
Esto significa que puedes conservar los beneficios fiscales de la Ley Beckham si, tras perder tu empleo, consigues otro contrato laboral con una empresa española o asumes un cargo de administrador o directivo que cumpla con los requisitos legales, dentro de un periodo razonable.
No se fija un plazo exacto, pero se recomienda no superar unos pocos meses sin relación laboral. La clave es demostrar que has podido recuperar la la situación que ha dado lugar a la aplicación de los beneficios fiscales en un tiempo razonable que es el que has necesitado para obtener un nuevo contrato.
¿Puedes trabajar como autónomo bajo la Ley Beckham?
No. El régimen no permite realizar actividades económicas por cuenta propia ni trabajar como autónomo (freelance, consultor, etc.). Si pasas a trabajar como profesional independiente, se extingue el régimen inmediatamente, ya que se considera que actúas a través de un establecimiento permanente en España, lo que está expresamente excluido.
Solo puedes conservar el régimen si:
Continúas como empleado por cuenta ajena, o
Eres administrador o directivo con participación no significativa en una sociedad española.
¿Qué pasa si pasas a ser administrador de una sociedad?
Puedes mantener el régimen si eres nombrado administrador o directivo de una sociedad española y:
No posees más del 25 % del capital social (si la sociedad es patrimonial).
Percibes una retribución real por tus funciones.
La relación profesional se formaliza sin una interrupción significativa tras el cese de tu contrato anterior.
¿Y si obtienes la tarjeta de familiar comunitario?
Si dejas de tener permiso PAC y pasas a tener una tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la UE, eso no implica la extinción automática del régimen. Lo importante no es el tipo de permiso, sino que mantengas una relación laboral o directiva válida.
Por tanto:
Si obtienes la tarjeta y sigues trabajando para una empresa española, puedes mantener los beneficios de la Ley Beckham.
Si obtienes la tarjeta y dejas de trabajar o pasas a ser autónomo, pierdes el derecho a aplicar el régimen.
¿Y si soy teletrabajador internacional?
Desde 2023, también pueden acogerse al régimen:
Los teletrabajadores internacionales con residencia aprobada bajo la Ley 28/2022.
Estos deben trabajar mayoritariamente para una empresa extranjera.
Pueden prestar servicios a empresas españolas solo hasta un 20 % de sus ingresos.
Consejos legales para titulares PAC
Si vas a cesar en tu empleo, planifica tu siguiente paso antes de la baja.
Intenta enlazar sin interrupción con un nuevo contrato o cargo societario válido.
Si tienes pensado emprender, valora otras opciones fiscales, porque la Ley Beckham no te cubre.
Guarda siempre copia de contratos, nombramientos y altas en Seguridad Social como prueba.
Si tienes dudas sobre si tu nueva situación cumple los requisitos, consulta antes con un abogado.
Los extranjeros que trabajan en España con un permiso PAC y se han acogido a los beneficios de la llamada “ Ley Beckham” disfrutan de importantes ventajas fiscales. Pero esas ventajas están condicionadas al mantenimiento de una situación profesional concreta: contrato laboral o cargo directivo.
La pérdida de empleo no implica necesariamente la extinción del régimen si se actúa con rapidez y se restablece el vínculo profesional. Sin embargo, si se produce un cambio sustancial como pasar a ser autónomo o permanecer inactivo durante un periodo prolongado, sí se pierden los beneficios.
En Local Expat Solutions, asesoramos a profesionales, directivos, nómadas digitales y emprendedores internacionales para que puedan planificar con seguridad jurídica sus cambios laborales y fiscales en España.
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