¿Sabías que si eres extranjero con residencia en España estás obligado a comunicar tus cambios de domicilio, nacionalidad o estado civil?
Muchos extranjeros residentes en España desconocen que tienen la obligación legal de informar a la Policía Nacionalsobre determinados cambios de su situación personal.
No se trata de un trámite voluntario, sino de un deber previsto en el artículo 213 del Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024, en vigor desde el 20 de mayo de 2025). Cumplir con esta obligación evita sanciones y garantiza que la Administración pueda localizarte correctamente en cualquier procedimiento.
¿Qué cambios deben comunicarse?
El artículo 213 establece que deben notificarse al Registro Central de Extranjeros los siguientes cambios:
Cambio de domicilio habitual
Cambio de nacionalidad
Cambio de estado civil
¿Quién está obligado a comunicar los cambios?
Todas las personas extranjeras autorizadas a permanecer en España, tanto con autorización de residencia como con autorización de estancia.
¿Dónde se presenta la comunicación del cambio de domicilio?
La comunicación se realiza en la Comisaría de Policía del lugar de residencia o permanencia, pues es la Policía Nacional la encargada de gestionar el Registro Central de Extranjeros.
Para ello es necesario:
Pedir cita previa por internet en la Sede Electrónica de la Policía Nacional.
En el desplegable de trámites, según la provincia, puede aparecer:
La opción específica “Comunicación de cambio de domicilio”, o
El epígrafe general “Otros trámites Comisaría”, que también permite registrar la comunicación.
También puede presentarse en cualquier Oficina de Registro de la Administración, bien de forma presencial (Ayuntamientos, oficinas de Correos o subdelegaciones de Gobierno..) o de forma electrónica si dispones de certificado digital a través de Redsara.
Recuerda : si lo presentas de forma presencial , no olvides llevar siempre una copia de toda la documentación para que te la sellen y quedarte con el justificante de la presentación.
Si quieres saber mas sobre como presentar documentos ante la Administración publica española si no dispones de certificado digital, puedes consultar nuestro blog en este enlace.
¿Qué documentación necesito?
El trámite se formaliza mediante el formulario oficial de comunicación al Registro Central de Extranjeros (se entrega por duplicado: una copia queda sellada como justificante). Puedes descargar el formulario pinchando en este enlace.
A este formulario se acompañan los documentos que acrediten el cambio:
Cambio de domicilio → certificado o volante de empadronamiento (menos de 3 meses de antigüedad).
Cambio de nacionalidad → Copia de la resolución, certificado de nacimiento o copia del DNI.
Cambio de estado civil → certificado de matrimonio, copia de de la sentencia de divorcio/nulidad o copia del certificado de defunción del cónyuge.
Además, siempre debe exhibirse un documento de identidad en vigor (pasaporte, tarjeta de residencia, DNI.) del solicitante.
¿Plazo para notificar?
La comunicación debe realizarse en el plazo máximo de un mes desde que se produce el cambio.
¿Qué pasa si no lo comunico?
No comunicar los cambios obligatorios supone:
Una infracción leve (art. 52 de la Ley Orgánica de Extranjería), sancionable con multa.
Problemas prácticos:
No recibir notificaciones oficiales (con riesgo de desistimiento o caducidad de expedientes).
Dificultades en renovaciones de residencia o nacionalidad.
Obstáculos en trámites familiares o de prestaciones.
Consejo práctico
Siempre guarda la copia sellada del formulario como resguardo de que has cumplido con tu obligación. Este justificante puede ser clave en futuros trámites.
Recuerda que la obligación de comunicar tus cambios de domicilio, nacionalidad o estado civil no es un simple trámite burocrático, es una garantía para proteger tus propios derechos en España.
En Local Expat Solutions podemos ayudarte a rellenar el formulario, pedir la cita previa y preparar la documentación necesaria para que cumplas con esta obligación sin complicaciones.
👉 ¿Tienes dudas sobre cómo notificar tus cambios personales a la Policía? Contáctanos y te ayudamos.