Novedades: ¿Qué cambia con el nuevo acuerdo de exención de visados entre la Unión Europea y Brasil a partir de 2026?
El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) ha publicado el 1 de Octubre de 2025, la confirmación de que el nuevo Acuerdo entre la Unión Europea y Brasil sobre exención de visados para estancias de corta duración entrará en vigor el 1 de marzo de 2026. Se trata de una modificación del convenio firmado en 2012, que afecta directamente a los ciudadanos brasileños que viajan a Europa y a los europeos que viajan a Brasil.
En este artículo explicamos qué cambia, cómo se calculan las estancias, cuál será el impacto en turismo y negocios, y por qué este acuerdo no elimina la obligación de registrarse en el Sistema Europeo de Entradas y Salidas (SES/EES), un control digital que ya hemos explicado en otro artículo del blog.
1. ¿Cuál era la situación hasta ahora para los Brasileños que viajaban a Europa ?
Desde 2012, los brasileños titulares de pasaporte ordinario podían viajar sin visado a la mayoría de países de la Unión Europea (los que aplican Schengen) para estancias cortas. El acuerdo original fijaba un máximo de tres meses en un periodo de seis meses a partir de la primera entrada.
Este cálculo resultaba confuso: ¿cómo se contaban exactamente los seis meses?, ¿qué pasaba si había varios viajes seguidos? Esa falta de claridad podía generar dudas o interpretaciones distintas en los controles fronterizos.
2. ¿Qué cambia con el nuevo acuerdo sobre visados UE/Brasil ?
El acuerdo modificativo, firmado en 2021 y ratificado definitivamente en septiembre de 2025, introduce una definición clara y uniforme del computo del tiempo para estancia de corta duración :
➡️ 90 días dentro de cualquier período de 180 días.
Esto significa que, en la práctica:
Puede hacer uno o varios viajes a la Unión Europea, pero la suma de días no puede superar 90 dentro de cada ventana de 180 días.
Una vez cumplido ese máximo, deberá pasar otros 90 días fuera del espacio Schengen antes de poder volver a entrar.
Se trata de la misma regla que se aplica a todos los países con los que la UE tiene acuerdos de exención de visados.
3. ¿A quién beneficia el Acuerdo sobre visados UE/Brasil ?
A los ciudadanos brasileños: tendrán un marco legal más claro, que evita problemas en el recuento de días y se adapta a la normativa Schengen vigente desde 2013.
A los europeos que viajen a Brasil: también podrán quedarse hasta 90 días por semestre bajo las mismas condiciones.
Al turismo y los negocios: se espera que la modernización del acuerdo dé más confianza a los viajeros frecuentes, a empresarios que viajan a ferias o reuniones, y a estudiantes en programas de intercambio de corta duración.
4. ¿Cómo afecta este acuerdo al Sistema de entradas y Salidas (SES/EES) y ETIAS ?
Es fundamental aclarar que la exención de visado no elimina otras obligaciones de control fronterizo:
El Sistema Europeo de Entradas y Salidas (SES/EES), previsto para 2025, registrará digitalmente todas las entradas y salidas. Ya no se sellará el pasaporte, sino que el sistema calculará automáticamente los días de estancia consumidos.
Próximamente entrará en vigor el sistema ETIAS, una autorización electrónica de viaje obligatoria para nacionales de países exentos de visado, entre ellos Brasil.
Por tanto, aunque no necesite visado, un ciudadano brasileño sí quedará registrado en el SES y deberá tramitar la autorización ETIAS en el futuro. (Puedes leer más sobre el SES en nuestro artículo anterior pinchando en este enlace y sobre el ETIAS pinchando aqui
5. ¿Qué deben tener en cuenta los viajeros brasileños que quieren viajar a España?
Revisar siempre la fecha de entrada y salida para no superar el límite de 90/180 días.
Recordar que España y el resto de países Schengen cuentan de forma conjunta: no son 90 días en cada país, sino en todo el espacio Schengen.
Prepararse para la implantación del SES/EES y del ETIAS, ya que ambos sistemas serán obligatorios para todos los viajeros de corta estancia, incluso sin visado.
En caso de querer permanecer más tiempo (por ejemplo, para trabajar, estudiar más de 90 días o residir), será necesario tramitar un visado o permiso de residencia específico según el tipo de autorización que se necesite.
El nuevo acuerdo UE-Brasil refuerza la seguridad jurídica y la reciprocidad de las estancias cortas sin visado, alineando el texto con la normativa europea estándar. A partir de marzo de 2026, los viajeros brasileños podrán seguir disfrutando de la exención de visado para viajes de turismo, negocios o familiares, con reglas claras y uniformes.
Eso sí, deberán tener presente que esta ventaja no sustituye al control digital del SES/EES ni a la futura autorización ETIAS, que seguirán siendo requisitos indispensables para entrar a Europa.
¿ Estás pensando en viajar a España y quieres quedarte más tiempo en España o en la Unión Europea?
El nuevo acuerdo de exención de visados facilita las estancias cortas, pero si lo que necesitas es vivir, trabajar, estudiar o traer a tu familia, deberás solicitar una autorización de residencia o visado específico.
En Local Expat Solutions podemos ayudarte a encontrar la opción que mejor se adapte a tu situación: residencia de nómada digital, estudios, trabajo por cuenta ajena o propia, reagrupación familiar y mucho más.
💬 Cuéntanos tu caso y te orientaremos para tomar la decisión mas adecuada.